Un supuesto de “indebiti solutio” del “fideiussor” en D. 12,6,47 (Celsus, 6 “Dig.”)

Autores/as

  • Juan Carlos Prado Rodríguez Universidad de Las Américas de Quito

Palabras clave:

D. 12, 6, 47, Indebiti solutio, Condictio indebiti, Fianza, Actio mandati.

Resumen

El estudio analiza el razonamiento jurídico de Celso sobre un supuesto narrado en D. 12,6,47 concerniente a la determinación de las vías para actuar el derecho de regreso en favor del fideiussor en consecuencia del pago indebidamente realizado por este último, detrás del mandato dado por el deudor principal. Para lo cual, previa exposición de las connotaciones de la fianza romana en el ámbito de la problemática de fondo, se plantearán algunas observaciones sobre las vías que Celso considera idóneas para actuar el derecho de regreso en favor del solvens y así lograr el restablecimiento de la aequitas, vías que en el caso concreto se identifican con los instrumentos procesales de la condictio indebiti y de la actio mandati contraria.

Biografía del autor/a

Juan Carlos Prado Rodríguez, Universidad de Las Américas de Quito

Docente e investigador en la Facultad de Derecho de la Universidad de Las Américas de Quito, Ecuador. Dottore di Ricerca in Sistema Giuridico Romanistico e Unificazione del Diritto por la Università degli Studi di Roma “Tor Vergata”.

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Cómo citar

Prado Rodríguez, J. C. (2016). Un supuesto de “indebiti solutio” del “fideiussor” en D. 12,6,47 (Celsus, 6 “Dig.”). Revista De Estudios Histórico-Jurídicos, (37). Recuperado a partir de https://www.rehj.cl/index.php/rehj/article/view/787

Número

Sección

Derecho Romano